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Residencia no lucrativa en España (2026): requisitos, documentos y renovación

Requisitos de la residencia no lucrativa, cuánto dinero acreditar (400 % del IPREM), documentos, plazos y renovación, según las hojas oficiales del Ministerio.

Pietro Fiorillo Publicado el Revisado el 5 min de lectura
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Resumen

  • Permite vivir en España sin trabajar. Se pide desde tu país, en el consulado español.
  • Hay que acreditar el 400 % del IPREM al mes para ti y el 100 % por cada familiar, además de seguro médico.
  • La autorización inicial dura un año; la renovación, dos.
  • La renovación se pide en los dos meses antes de que caduque y exige haber vivido en España más de 183 días al año.
Índice
  1. 01Quién puede pedirla
  2. 02Requisitos
  3. 03Cuánto dinero hay que demostrar
  4. 04Documentos para la autorización inicial
  5. 05Cómo se pide, paso a paso
  6. 06Cómo renovar la residencia no lucrativa
  7. 07Preguntas frecuentes

La residencia no lucrativa es la autorización para vivir en España sin trabajar. Se pide desde tu país de origen, en el consulado español, y exige demostrar que tienes medios económicos suficientes y un seguro médico. La autorización inicial dura un año y, si la renuevas, dos años más.

«Es una autorización que solicitan las personas extranjeras y sus familiares desde su país de origen que autoriza a residir en España sin realizar actividades laborales o profesionales». — Hoja informativa 6, Ministerio de Inclusión
Autorización inicialRenovación
Dónde se pideConsulado de España en tu paísPor internet, en la sede electrónica Mercurio
CuándoAntes de venir a EspañaEn los 2 meses previos a la caducidad (o hasta 3 meses después)
Duración1 año desde que entras en España2 años
TasaModelo 790, código 052, epígrafe 2.1.1Modelo 790, código 052, epígrafe 2.2.1
Plazo de respuesta1 mes; sin respuesta, se entiende denegada3 meses; sin respuesta, se entiende concedida

Quién puede pedirla

La puedes pedir si no eres ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza (ni familiar de uno al que se le aplique el régimen comunitario) y quieres residir en España sin trabajar. Tus familiares pueden pedirla contigo.

Requisitos

  • No estar en situación irregular en España.
  • No tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas vivido los últimos cinco años, por delitos que existan en el ordenamiento español.
  • No figurar como rechazable en los países con los que España tiene convenio, y no ser una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
  • Medios económicos suficientes para vivir sin trabajar durante el tiempo que quieras residir (ver tabla siguiente).
  • Seguro de enfermedad, público o privado, con una aseguradora autorizada para operar en España.
  • No padecer ninguna enfermedad con repercusiones graves de salud pública según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
  • No estar dentro del plazo de compromiso de no retorno, si en su día te acogiste a un programa de retorno voluntario.
  • Pagar la tasa.

Cuánto dinero hay que demostrar

Los medios se calculan sobre el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), cuyo valor se fija cada año:

Para quiénCantidad mensual
Tú (persona solicitante)400 % del IPREM
Cada familiar a tu cargo100 % del IPREM

Tienes que acreditar esa cantidad por cada mes que quieras residir. La hoja oficial admite «cualquier medio de prueba», por ejemplo títulos de propiedad, cheques certificados o tarjetas de crédito con una certificación bancaria del crédito disponible.

Documentos para la autorización inicial

  1. Impreso EX-01, cumplimentado y firmado.
  2. Copia completa del pasaporte, con una vigencia mínima de un año.
  3. Certificado de antecedentes penales del país de origen o de los países donde hayas vivido los últimos cinco años.
  4. Documentación de los medios económicos para el periodo que solicitas.
  5. Documentación del seguro médico.
  6. Certificado médico.

Los documentos de otros países tienen que ir traducidos por un traductor jurado al castellano (o a la lengua cooficial donde presentes la solicitud) y legalizados o apostillados, salvo que un convenio internacional los exima.

Cómo se pide, paso a paso

  1. Presenta la solicitud en persona en la oficina consular española que corresponda a tu lugar de residencia. Puede hacerlo tu representante legal si eres menor de edad o persona con discapacidad.
  2. Paga la tasa (modelo 790, código 052, epígrafe 2.1.1) en los diez días hábiles siguientes a la presentación.
  3. Espera la resolución. El plazo máximo es un mes desde que el consulado comunica la solicitud. Ojo: si pasa ese plazo sin respuesta, la solicitud se entiende denegada.
  4. Recoge el visado en persona en el plazo de un mes desde la notificación. Si no lo recoges, se entiende que renuncias.
  5. Entra en España mientras el visado esté vigente (nunca más de tres meses).
  6. Pide tu TIE (tarjeta de identidad de extranjero) en la comisaría de policía de tu lugar de residencia en el mes siguiente a tu entrada.

Cómo renovar la residencia no lucrativa

La renovación se pide por internet, en la sede electrónica Mercurio del Ministerio de Política Territorial, durante los dos meses anteriores a que caduque tu autorización. También se puede pedir en los tres meses posteriores, aunque entonces te expones a un procedimiento sancionador.

Además de los requisitos generales, para renovar tienes que:

  • Tener la autorización en vigor (o estar dentro de esos tres meses posteriores).
  • Haber vivido en España de forma real y efectiva más de 183 días durante el año natural.
  • Seguir teniendo medios económicos y haber mantenido el seguro de enfermedad durante toda la vigencia.
  • Tener escolarizados a los menores a tu cargo en edad obligatoria.
«La presentación de la solicitud en plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento». — Hoja informativa 7, Ministerio de Inclusión

La Administración tiene tres meses para resolver. Si no te notifica nada en ese plazo, la renovación se entiende concedida por silencio administrativo, y puedes pedir un certificado que lo acredite. Una vez renovada, tienes un mes para renovar la TIE en la comisaría.

Si demuestras tu esfuerzo de integración con un informe positivo de tu comunidad autónoma, la Administración lo tendrá en cuenta al valorar la renovación.

Preguntas frecuentes

¿Puedo trabajar con la residencia no lucrativa?

No. Es una autorización para residir en España sin realizar actividades laborales ni profesionales.

¿Cuánto dinero necesito para la residencia no lucrativa?

El 400 % del IPREM al mes para ti y el 100 % del IPREM al mes por cada familiar a tu cargo, durante todo el periodo que quieras residir.

¿Puedo pedir la residencia no lucrativa estando en España?

La autorización inicial se pide desde tu país de origen, en la oficina consular española. Además, uno de los requisitos es no encontrarse en situación irregular en España.

¿Qué pasa si el consulado no responde en un mes?

En la autorización inicial, si pasa el plazo de un mes sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada.

¿Cuánto tiempo tengo que vivir en España para renovarla?

Más de 183 días durante el año natural, de forma real y efectiva.

Cómo hemos elaborado esta guía

  • Redacción: Pietro Fiorillo, a partir de las fuentes oficiales enlazadas.
  • Verificación: cada dato clave se contrasta con la web del organismo competente; las citas son literales.
  • Última revisión: 1 de octubre de 2026.
  • Importante: es información general basada en fuentes oficiales, no asesoramiento jurídico. Para tu caso concreto, consulta con un profesional colegiado.
Nuestra metodología editorial

Escrito por

Pietro Fiorillo

SEO Manager · AI Search Specialist · Software Builder

Trabaja en la intersección entre búsqueda, software e IA: SEO técnico, GEO y productos digitales orientados a problemas reales. Desarrolla proyectos propios a través de MANYA Digital desde Madrid.

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