Profesionales altamente cualificados y Tarjeta azul-UE en España (2026)
Permiso para profesionales altamente cualificados: Tarjeta azul-UE o autorización nacional, titulación o experiencia, contrato, documentos (MI-T), tasa y renovación.
Añádenos como fuente preferida en GoogleVerás antes nuestras guías en las noticias de Google.Resumen
- Es para trabajar en España en un puesto que exige formación superior o, excepcionalmente, experiencia equivalente.
- Hay dos modalidades: la Tarjeta azul-UE y la autorización nacional, con requisitos de titulación y experiencia distintos.
- Se tramita por internet ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE) con el modelo MI-T.
- La autorización inicial dura hasta tres años; las renovaciones, dos años cada una.
Índice
La autorización para profesionales altamente cualificados permite a una persona que vive fuera de España venir a trabajar en un puesto que exige formación superior o, excepcionalmente, experiencia profesional equivalente. Se regula en la Ley 14/2013 de emprendedores, se tramita por internet ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE) y tiene dos modalidades: la Tarjeta azul-UE y la autorización nacional.
Es una autorización «para desempeñar una actividad laboral para la que se requiera contar con cualificación de enseñanza superior o, excepcionalmente, acredite un mínimo de experiencia profesional». — Hoja informativa 66, Ministerio de Inclusión
Tarjeta azul-UE o autorización nacional
| Tarjeta azul-UE | Autorización nacional | |
|---|---|---|
| Titulación | Enseñanza superior de al menos 3 años, nivel 6 del Marco Europeo (grado) | Al menos nivel 1 del Marco Español de Educación Superior (nivel 5A) |
| O experiencia equivalente | 5 años (3 años en los últimos 7 para profesionales y directores TIC) | 3 años |
| Contrato | Contrato u oferta firme de alta cualificación de al menos 6 meses | Contrato de trabajo |
| Ventaja | Facilita la movilidad en la UE | Requisitos de acceso más bajos |
Para la Tarjeta azul-UE, el contrato tiene que respetar el umbral salarial, que puede reducirse al 80 % en profesiones con necesidad de trabajadores extranjeros (grupos 1 y 2 de la CIUO) o para quien obtuvo su título en los tres años anteriores. La hoja oficial indica que concretará estas condiciones cuando se publique la instrucción que las regula.
Requisitos comunes
- No ser ciudadano de la UE, del EEE ni de Suiza.
- No estar en situación irregular en España y ser mayor de 18 años.
- No tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas vivido los últimos dos años.
- Seguro de enfermedad público o privado.
- Recursos económicos suficientes para ti y tu familia (pueden acreditarse con el propio contrato).
- Si la profesión es regulada, tener la titulación homologada.
Documentos
- Modelo MI-T (Movilidad Internacional – Titular), firmado por la empresa o por ti.
- Copia completa del pasaporte en vigor.
- Certificado de antecedentes penales original de los países donde hayas vivido los últimos dos años, más una declaración responsable de no tener antecedentes en los últimos cinco.
- Recursos económicos: contrato de trabajo u otra documentación.
- Seguro de enfermedad, salvo que ya estés asegurado en el Sistema Nacional de Salud.
- Titulación superior legalizada o apostillada (homologada si la profesión es regulada) o prueba de la experiencia de tres o cinco años.
- Documentos de la empresa (NIF, escritura inscrita y poder del firmante), si el MI-T no va firmado con su certificado digital de representación.
- Contrato de trabajo firmado por ambas partes.
- Justificante de la tasa.
Tus familiares lo piden con el modelo MI-F (Movilidad Internacional – Familiar).
Pasos
- Presenta la solicitud por internet, en la sede electrónica de la UGE-CE.
- Tasa: modelo 790, código 038, epígrafe 7.1.
- La resolución se notifica a la empresa y se comunica al trabajador.
- Si se concede, tienes un mes para pedir el visado en el consulado de tu país, con pasaporte (vigencia mínima de un año), antecedentes penales de los últimos cinco años, certificado médico, contrato y tasa del visado. El consulado resuelve en diez días hábiles.
- Recoge el visado en un mes, entra en España en los tres meses de su vigencia y date de alta en la Seguridad Social en los tres meses siguientes a tu entrada.
Duración: tres años, o la del contrato más tres meses si es menor, con un máximo de tres años.
Renovación
- Se pide en los 60 días naturales anteriores a que caduque (o en los 90 posteriores, con posible sanción). Presentarla en plazo prorroga la autorización.
- Tasa: modelo 790, código 038, epígrafe 7.2.
- Cada renovación dura dos años, mientras mantengas las condiciones.
- Tras la renovación, pide la TIE en el mes siguiente.
Si ya estás en España como estudiante, mira también de estudiante a permiso de trabajo.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre la Tarjeta azul-UE y la autorización nacional?
La Tarjeta azul-UE exige una titulación superior de al menos tres años (nivel de grado) o cinco años de experiencia, y un contrato u oferta de alta cualificación de al menos seis meses. La autorización nacional exige una titulación de nivel 5A o tres años de experiencia.
¿Dónde se pide?
Por internet, en la sede electrónica de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).
¿Cuánto dura?
La autorización inicial, tres años o la duración del contrato más tres meses. Cada renovación, dos años.
¿Puedo traer a mi familia?
Sí. Tus familiares solicitan su autorización con el modelo MI-F.
Fuentes oficiales consultadas
Cómo hemos elaborado esta guía
- Redacción: Pietro Fiorillo, a partir de las fuentes oficiales enlazadas.
- Verificación: cada dato clave se contrasta con la web del organismo competente; las citas son literales.
- Última revisión: 1 de octubre de 2026.
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