Residencia por razones humanitarias (2026): supuestos, enfermedad grave y documentos
Residencia por razones humanitarias para personas en situación irregular: víctimas de delitos, enfermedad grave o peligro al volver. Requisitos y prórroga.
Añádenos como fuente preferida en GoogleVerás antes nuestras guías en las noticias de Google.Resumen
- Es para personas extranjeras en situación irregular en España que se encuentran en un supuesto humanitario concreto.
- Incluye a víctimas de ciertos delitos, a quien sufre una enfermedad grave sobrevenida sin tratamiento en su país y a quien correría peligro al volver para pedir el visado.
- Se pide con el impreso EX-10 y permite trabajar.
- Dura un año; en caso de enfermedad grave, se prorroga mientras dure el tratamiento.
La autorización por razones humanitarias es una residencia por circunstancias excepcionales para personas extranjeras en situación irregular en España que se encuentran en uno de los supuestos concretos que fija el reglamento: haber sido víctima de ciertos delitos, sufrir una enfermedad grave sobrevenida o correr peligro si vuelven a su país. Se pide con el impreso EX-10 y permite trabajar.
«Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder por razones humanitarias a ciudadanos extranjeros en situación irregular en España en el momento de la solicitud». — Hoja informativa 32, Ministerio de Inclusión
| Para quién | Personas en situación irregular en un supuesto humanitario |
| Impreso | EX-10 |
| Tasa | Modelo 790, código 052, epígrafe 2.3.2.a |
| ¿Permite trabajar? | Sí, por cuenta ajena o propia en toda España |
| Duración | 1 año, prorrogable |
Supuestos
Tienes que acreditar uno de estos:
- Autorización de permanencia del Ministerio del Interior por la normativa de asilo y protección subsidiaria (artículos 37.b y 46.3 de la Ley 12/2009), o como persona desplazada con protección temporal.
- Víctima de delitos contra los derechos de los trabajadores (artículos 311 a 318 del Código Penal) o de delitos contra los derechos fundamentales (artículos 510, 511.1 y 512).
- Víctima de delitos con agravante de discriminación por motivos racistas, antisemitas, de ideología, religión, etnia, sexo, orientación sexual, enfermedad o discapacidad.
- Víctima de violencia en el entorno familiar, con una resolución judicial que reconozca tu condición de víctima.
- Enfermedad grave sobrevenida en España que requiera asistencia especializada no accesible en tu país, cuando interrumpirla o no recibirla suponga un grave riesgo para tu salud o tu vida. Si se trata de un menor, puede extenderse a su progenitor o tutor.
- Peligro al volver a tu país a pedir el visado, para ti o tu familia, si cumples el resto de requisitos de una autorización de residencia o de residencia y trabajo.
Además: no ser ciudadano de la UE, del EEE ni de Suiza, y no tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas vivido los últimos cinco años.
Documentos
- Impreso EX-10, firmado.
- Copia completa del pasaporte en vigor, cédula de inscripción o título de viaje.
- Certificado de antecedentes penales de los países donde viviste los cinco años anteriores a llegar a España.
- Prueba del supuesto humanitario:
| Supuesto | Documento |
|---|---|
| Víctima de delito | Resolución judicial que finalice el procedimiento y reconozca tu condición de víctima |
| Enfermedad grave sobrevenida | Informe clínico de la autoridad sanitaria |
| Peligro al volver | Prueba del peligro, y de tener medios económicos y seguro o cumplir los requisitos de una autorización de trabajo (que puedes pedir a la vez) |
Cómo se pide
- Presenta la solicitud en la Oficina de Extranjería de tu provincia o por internet (sede electrónica Mercurio). Puede presentarla tu representante si eres menor o persona con discapacidad.
- Paga la tasa (modelo 790, código 052, epígrafe 2.3.2.a) en los diez días hábiles siguientes.
- Tras la concesión, pide la TIE en la comisaría en el mes siguiente.
La concesión «llevará aparejada una autorización de trabajo por cuenta propia o ajena en España sin limitación de ámbito geográfico y ocupación». — Hoja 32 (salvo para quien no tenga aún la edad mínima para trabajar)
Duración y prórroga
- La autorización y sus prórrogas duran un año.
- Si fue por enfermedad grave, se puede prorrogar año a año mientras sea necesario para completar el tratamiento.
- La prórroga se pide en los dos meses anteriores a que caduque (o en los tres posteriores, con posible sanción).
Si estás en España sin papeles y no encajas en estos supuestos, revisa los tipos de arraigo y la regularización extraordinaria de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede pedir la residencia por razones humanitarias?
Personas extranjeras en situación irregular en España que acrediten uno de los supuestos del reglamento: víctima de ciertos delitos, enfermedad grave sobrevenida sin tratamiento accesible en su país, peligro al volver o autorización de permanencia del Ministerio del Interior.
¿Qué hace falta para el supuesto de enfermedad grave?
Un informe clínico de la autoridad sanitaria que acredite que la enfermedad es grave, surgió en España, requiere asistencia especializada no accesible en tu país y que interrumpirla supondría un grave riesgo para tu salud o tu vida.
¿Puedo trabajar con esta autorización?
Sí. Incluye permiso para trabajar por cuenta ajena o propia en toda España.
¿Cuánto dura?
Un año. En caso de enfermedad grave, puede prorrogarse por años sucesivos mientras sea necesario para el tratamiento.
Fuentes oficiales consultadas
Cómo hemos elaborado esta guía
- Redacción: Pietro Fiorillo, a partir de las fuentes oficiales enlazadas.
- Verificación: cada dato clave se contrasta con la web del organismo competente; las citas son literales.
- Última revisión: 1 de octubre de 2026.
- Importante: es información general basada en fuentes oficiales, no asesoramiento jurídico. Para tu caso concreto, consulta con un profesional colegiado.
Escrito por
SEO Manager · AI Search Specialist · Software Builder
Trabaja en la intersección entre búsqueda, software e IA: SEO técnico, GEO y productos digitales orientados a problemas reales. Desarrolla proyectos propios a través de MANYA Digital desde Madrid.
Esta plataforma es independiente de las Administraciones Públicas. La información se basa en fuentes oficiales y tiene carácter orientativo. Antes de realizar un trámite, consulta siempre la fuente oficial enlazada.